Congreso local estudiará iniciativa sobre parques funerarios verdes

Radio Guerreros

La LXII Legislatura mexiquense analizará dos iniciativas de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para impulsar procesos de inhumación sustentable con la coordinación y apoyo de las autoridades sanitarias y municipales competentes, mediante el establecimiento de parques funerarios verdes, así como para declarar el 27 de noviembre de cada año como el ‘Día Estatal de las Ciénegas de Lerma’.

En sesión deliberante, la parlamentaria Itzel Guadalupe Pérez Correa (PVEM) dio lectura a la iniciativa para reformar el Código para la Biodiversidad y la Ley Orgánica Municipal, ambas estatales, con la cual se define a los panteones ecológicos como las zonas de preservación ecológica de los centros de población, destinadas a la inhumación legal de restos humanos, a partir de acciones ecológicas y ambientalmente responsables. 

Como ejemplo de lo anterior señala que son los entierros ecológicos o naturales, nichos verdes y aquellas prácticas que contribuyan a la preservación y restauración del suelo minimizando el impacto ambiental, utilizando materiales biodegradables en lugar de bóvedas de hormigón o metales, labores para plantar árboles o reforestación en los sitios de disposición, evitando embalsamientos químicos y favoreciendo la reincorporación natural del cuerpo a la tierra, de manera que el lugar de entierro se transforme en un hábitat o bosque conservado.

También plantea que la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible promueva, en coordinación con autoridades de salud estatales y municipales, el establecimiento de zonas de preservación ecológica de los centros de población, con categoría de panteones ecológicos, así como la práctica de actividades legales de inhumación ecológicas y ambientalmente responsables.

Añade que estos espacios se regirán por la legislación aplicable en materia de panteones, cementerios, servicios funerarios, crematorios, fosas comunes y los relativos a cualquier espacio destinado a la inhumación, en concordancia con la Ley General de Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables. 

Los panteones ecológicos, que se considerarán como zonas de preservación ecológica de los centros de población, tendrán criterios mínimos de diseño y operación como: fomentar prácticas libres de embalsamamiento antes de las 48 horas en áreas de inhumación verde; uso de ataúdes, urnas o sudarios biodegradables; planes de revegetación con especies nativas y árboles de bajo consumo de agua, determinando la proporción de áreas arboladas. 

Así como inclusión obligatoria de un área de inhumación verde en los nuevos panteones; registro catastral y georreferenciado de sepulturas; cumplimiento de disposiciones legales sobre inhumaciones, incluyendo fosas comunes; participación de autoridades competentes en la difusión de estos espacios, respetando tradiciones; monitoreo de suelos y aguas subterráneas, conforme a la normatividad que sustente inhumación vertical; y cumplimiento sanitario en casos infectocontagiosos.

Finalmente establece que los municipios podrán establecer, por sí o a través de servicios concesionados, la creación de panteones ecológicos, que constituirán zonas de preservación ecológica de los centros de población destinadas a la inhumación ecológica, cuya promoción, vigilancia y protección estarán a cargo de la administración municipal. Los reglamentos respectivos regularán las características y formas de prestación del servicio.

TAGGED:
Share This Article
Leave a comment

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *