EMITIÓ CODHEM RECOMENDACIÓN A LA FISCALÍA DEL EDOMÉX POR UNA INVESTIGACIÓN DE DESAPARICIÓN Y FEMINICIDIO DE UNA ADOLESCENTE DE 17 AÑOS

Radio Guerreros

Martes 19 de Agosto de 2025.

•La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) emitió la Recomendación 06/2024, dirigida a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), derivado de una queja interpuesta por la madre de una adolescente de 17 años de edad, quien fue víctima de desaparición y feminicidio en febrero de 2016. Esta recomendación señala que la autoridad fue responsable de vulnerar derechos humanos de la víctima, como el de una debida diligencia en el contexto de violencia de género y desaparición de personas cometidas por particulares y, como derecho relacionado el acceso a la justicia y derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

La queja, que fue acompañada por el colectivo Alerta Temprana Red, y recibida en la CODHEM el 9 de diciembre de 2021, señala que el 21 de febrero del año 2016, la víctima salió de su domicilio en el municipio de San Vicente Chicoloapan, para visitar a su novio de 22 años y llevar un regalo, sin embargo, esa fue la última vez que se le vio con vida.

Al no tener información sobre su hija, la madre solicitó a la autoridad investigadora que se emitiera una Alerta Amber, no obstante, fue enviada a la Agencia Exprés de San Vicente Chicoloapan, donde la agente del Ministerio Público tomó la declaración de los hechos y el perfil de la víctima, pero solo le entregó una noticia criminal. Posteriormente, la madre de la víctima acudió a las oficinas del Ministerio Público en Chimalhuacán, donde finalmente se elaboró un boletín de urgencia Odisea, y finalmente, se trasladó a las oficinas de la entonces Procuraduría de Justicia en Neza-Palacio, donde se extendió la ‘Orden de Rastreo’, entregada por la propia madre en las oficinas de la Agencia del Ministerio Público en San Vicente Chicoloapan. Aunque esta orden no se cumplió, pues no hubo tal rastreo y solo la madre de la víctima se dedicó a pegar copias del boletín de urgencia en distintos lugares.

Lamentablemente el 25 de febrero del mismo año se le notificó a la madre de la menor que mediante una llamada anónima que recibió la policía se había localizado el cuerpo de una adolescente con las características de su hija, el cual presentaba huellas de abuso sexual, golpes y asfixia.

El 27 de febrero de ese mismo año 2016, la madre acudió a las oficinas del Servicio Médico Forense en Ixtapaluca para realizar una diligencia de reconocimiento del cuerpo. En ese momento la madre de la víctima se percató que el médico forense y la Ministerio Público registraron como fecha y hora de la defunción el día que fue encontrado el cuerpo.

Derivado del análisis de la indagación, se observó que la autoridad responsable no realizó la investigación exhaustiva respecto de la desaparición de la adolescente, y si bien en ese entonces no era aplicable el Protocolo de Búsqueda y Localización Inmediata de Mujeres,denominado ALBA, independientemente de ese instrumento y su vigencia, la autoridad no realizó ninguna acción con debida diligencia para localizar a la víctima en las primeras 24 horas, lo que resulta fundamental, pues esto aumenta la posibilidad de encontrar con vida a una persona desaparecida.

La CODHEM encontró irregularidades y vulneraciones a derechos humanos en la investigación y el registro de la desaparición, por lo que recomendó a la ahora FGJEM la reparación a las víctimas indirectas; atención psicológica, psiquiátrica o tanatológica para la familia; su inscripción en el Registro Estatal de Víctimas como víctimas indirectas; diversas medidas de no repetición, como la capacitación de las personas servidoras públicas de la institución; la integración de la carpeta de investigación sobre el feminicidio de la víctima con debida diligencia y enfoque de género y que la investigación se integre en un contexto de violencia de género, específicamente, de feminicidio. 

De igual manera se solicitó a la autoridad responsable implementar medidas de satisfacción que consisten en: determinar responsabilidad administrativa por acción u omisión a las personas servidoras públicas que conocieron del caso; los deberes de investigación y sanción son esenciales en la configuración de los estándares y los criterios nacionales e internacionales que deben cumplir las autoridades, por lo que es imprescindible investigar, dentro de un plazo razonable, a las personas servidoras públicas que hayan cometido irregularidades; asimismo, si la autoridad responsable ya ha realizado parte de las investigaciones por los motivos aquí planteados, y determinado la responsabilidad de personas servidoras públicas por los hechos motivo derecomendación, es necesario que este instrumento, acorde a las posibilidades, sea agregado al expediente laboral de quienes sean sancionados.

Es preciso referir que el 28 de febrero del 2023 el Fiscal General de Justicia del Estado de México ofreció una disculpa pública a la madre de la víctima y a otras familias de diversas víctimas de desaparición y feminicidio en la entidad.

Finalmente, la recomendación señala que la investigación se sustancie bajo los estándares que contempla la obligación de debida diligencia en un contexto de violencia de género, específicamente el feminicidio, el cual deberá partir del hecho de que la víctima desapareció en un primer momento, delitos que deben ser investigados de manera seria, imparcial y efectiva.

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