El Congreso mexiquense analizará una iniciativa de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para eliminar de esta norma la disposición que considera una infracción faltar al respeto al público que asiste a eventos o espectáculos mediante agresiones verbales, ya sea por parte del propietario del establecimiento, de las personas organizadoras, del personal, de artistas o deportistas, o de los propios asistentes.
Lo anterior, por considerar que la falta de respeto y la agresión verbal son un parámetro muy amplio para poder determinar qué expresión es o no injuriosa para las personas, y en el contexto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decretó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y Municipios.
De acuerdo con la iniciativa de reforma a la mencionada ley, a la que dio lectura el diputado Edmundo Luis Valdeña Bastida (morena), también se atiende la sentencia de la SCJN que señala la invalidez de las normas que prevén establecer un Registro Municipal de Personas Infractoras en materia de justicia cívica, proponiendo en su lugar un Registro Municipal de Infracciones, el cual sería operado por un Juzgado Cívico, y no por la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal o su equivalente, como lo establece la legislación vigente.
El documento indica que este registro deberá incluir los datos de identificación del expediente correspondiente al procedimiento del Juzgado Cívico, así como la información de la persona infractora (nombre completo, Clave Única de Registro de Población (CURP), domicilio y municipio de residencia) y, en su caso, los datos de la resolución, la sanción impuesta y la forma de cumplimiento o su conmutación.
Con lo anterior, el listado podrá cumplir con su objetivo de servir para el diseño de las estrategias y acciones tendientes a la preservación del orden y la paz pública en los municipios del Estado de México, así como la instrumentación de programas de bienestar, desarrollo social y de prevención de adicciones, entre otros.
La propuesta refiere que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió en diciembre de 2023 una Acción de Inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley en mención, resuelta en octubre de 2025 por la SCJN en los términos señalados, lo que obliga al Estado a hacer los ajustes del caso a efecto de que los municipios cumplan con sus obligaciones respecto a las infracciones administrativas.
Asimismo, deberán contar con un mecanismo de control y seguimiento que contribuya a la seguridad de las personas y sus bienes, al centralizar información útil para la prevención de delitos y faltas administrativas. Esto permitirá mantener el orden público y la paz social mediante el cumplimiento de la normatividad aplicable, generando condiciones para una convivencia armónica y fortaleciendo los lazos comunitarios.
Cabe señalar que la Ley de Justicia Cívica de la entidad tiene, entre sus fines principales, establecer reglas mínimas de comportamiento cívico que permitan garantizar el respeto a las personas y sus bienes, mejorar la convivencia social y mantener el orden público.
