{"id":12734,"date":"2026-07-13T20:03:41","date_gmt":"2026-07-14T02:03:41","guid":{"rendered":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/?p=12734"},"modified":"2026-07-13T20:03:42","modified_gmt":"2026-07-14T02:03:42","slug":"congreso-fija-en-2028-la-renovacion-del-poder-judicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/2026\/07\/13\/congreso-fija-en-2028-la-renovacion-del-poder-judicial\/","title":{"rendered":"Congreso fija en 2028 la renovaci\u00f3n del Poder Judicial"},"content":{"rendered":"\n<p>El Pleno del Congreso mexiquense aprob\u00f3 la armonizaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n local con la reforma federal en materia de elecci\u00f3n judicial, a efecto de concluir la renovaci\u00f3n del Poder Judicial estatal mediante los comicios del primer domingo de junio de 2028 (en lugar de 2027), conforme a la iniciativa del diputado Jos\u00e9 Francisco V\u00e1zquez Rodr\u00edguez, coordinador del Grupo Parlamentario de morena.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen que, entre otros aspectos, incorpora una comisi\u00f3n coordinadora integrada por las personas representantes de los comit\u00e9s de evaluaci\u00f3n de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, as\u00ed como un nuevo esquema de organizaci\u00f3n territorial de los comicios en regiones judiciales electorales y distritos judiciales electorales, fue avalado en sesi\u00f3n del S\u00e9ptimo Periodo Extraordinario de la LXII Legislatura mexiquense.<\/p>\n\n\n\n<p>El documento tambi\u00e9n redefine los procedimientos para la sustituci\u00f3n de vacancias, establece una nueva integraci\u00f3n de las boletas electorales judiciales y ampl\u00eda las atribuciones del Tribunal de Disciplina Judicial sobre capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n permanente, para lo cual podr\u00e1 coordinarse con las instituciones de formaci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>Al presentar el dictamen, el legislador Carlos Antonio Mart\u00ednez Zurita Trejo (morena) destac\u00f3 que la iniciativa provenga del congresista Francisco V\u00e1zquez, a quien se refiri\u00f3 como un hombre que quiere profundamente al Estado de M\u00e9xico y quien, a\u00f1adi\u00f3, gener\u00f3 consensos con los tres poderes.<\/p>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que los comicios de 2025 dejaron reflexiones y \u00e1reas de oportunidad que fueron retomadas por el coordinador de la bancada de morena, por lo que, adem\u00e1s de armonizar la Constituci\u00f3n estatal, la reforma facilita el proceso de elecci\u00f3n, pues las instituciones, agreg\u00f3, deben mantenerse en constante evoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El parlamentario Octavio Mart\u00ednez Vargas (morena) aclar\u00f3 que las reformas no cambian distritos judiciales ni regiones judiciales y resalt\u00f3 que favorecer\u00e1n aspectos de organizaci\u00f3n, conteo y publicaci\u00f3n de resultados.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n reconoci\u00f3 que se facultar\u00e1 al Tribunal de Disciplina Judicial para que elabore su reglamento y que, por \u00fanica ocasi\u00f3n, se elegir\u00e1 a personas juzgadoras por ocho a\u00f1os, y no nueve como se establec\u00eda originalmente. A\u00f1adi\u00f3 que el dictamen incluye la figura de la Sala de Asuntos Ind\u00edgenas en la Constituci\u00f3n, permite una mejor coordinaci\u00f3n entre los comit\u00e9s, fortalece la capacitaci\u00f3n y dispone que quienes aspiren a un cargo distinto al que ejercen tengan que renunciar.<\/p>\n\n\n\n<p>La congresista Leticia Mej\u00eda Garc\u00eda (PRI) se\u00f1al\u00f3 que la propuesta profundiza el control pol\u00edtico sobre quienes aspiran a impartir la justicia y que la creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n coordinadora se traducir\u00e1 en un filtro centralizado, paralelo y adicional a los comit\u00e9s ya existentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el Tribunal de Disciplina Judicial, cuestion\u00f3 que, adem\u00e1s de sus funciones sancionadoras, asuma tareas de capacitaci\u00f3n, y plante\u00f3 por qu\u00e9 no otorgar expresamente esta responsabilidad a la Escuela Judicial. Asimismo, exigi\u00f3 una correcci\u00f3n de fondo a la reforma para que dicha instituci\u00f3n recupere su papel formador y se garantice una justicia verdaderamente pronta y expedita.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Emma Laura Alvarez Villavicencio (PAN) expres\u00f3 que la discusi\u00f3n \u201cde una reforma de la reforma\u201d evidencia la improvisaci\u00f3n y la prisa por concentrar el control de uno de los \u00faltimos contrapesos del Estado mexicano.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto al Tribunal de Disciplina Judicial, indic\u00f3 que es preocupante que este \u00f3rgano pueda convertirse en un instrumento de presi\u00f3n sobre quienes tienen la obligaci\u00f3n constitucional de resolver con absoluta independencia.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora Ruth Salinas Reyes (MC) present\u00f3 reservas para elevar a rango constitucional las atribuciones de la Sala de Asuntos Ind\u00edgenas, establecer mecanismos de verificaci\u00f3n que permitan descartar posibles v\u00ednculos de las personas aspirantes con el crimen organizado y definir a la Escuela Judicial como la instancia responsable de impartir capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n; sin embargo, sus propuestas no fueron admitidas a discusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras referir que, a su consideraci\u00f3n, la reforma judicial afect\u00f3 el equilibrio entre poderes y gener\u00f3 cuestionamientos sobre la independencia del Poder Judicial, tambi\u00e9n afirm\u00f3 que las personas juzgadoras deben centrar su labor en los tribunales y juzgados, como garantes de la impartici\u00f3n de justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe se\u00f1alar que las reformas, cuyo siguiente paso es la votaci\u00f3n en los ayuntamientos (requiere la aprobaci\u00f3n de la mayor\u00eda de los 125 municipios al ser de car\u00e1cter constitucional), actualizan los plazos para emitir las convocatorias de los procesos de elecci\u00f3n judicial (presidencia, magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial y juezas y jueces del Poder Judicial), las cuales deber\u00e1n publicarse a m\u00e1s tardar el 30 de abril del a\u00f1o previo a la elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los comit\u00e9s de evaluaci\u00f3n \u2014uno por cada poder del Estado e integrados por cinco personas reconocidas en la actividad jur\u00eddica\u2014 seleccionar\u00e1n, conforme a los criterios de la comisi\u00f3n coordinadora y al principio de paridad de g\u00e9nero, a las personas mejor evaluadas, con los conocimientos t\u00e9cnicos necesarios y una trayectoria de honestidad, buena fama, competencia y antecedentes acad\u00e9micos y profesionales en el ejercicio de la actividad jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos comit\u00e9s integrar\u00e1n una lista con las cuatro personas mejor evaluadas para cada cargo y, mediante insaculaci\u00f3n p\u00fablica, la reducir\u00e1n a dos candidaturas por puesto. Lo anterior, garantizando la paridad de g\u00e9nero en las listas por especialidad y distrito judicial, de ser aplicable, tanto antes como despu\u00e9s de la insaculaci\u00f3n. Una vez ajustadas, las remitir\u00e1n a la autoridad que represente a cada poder del Estado para su aprobaci\u00f3n y env\u00edo a la legislatura.<\/p>\n\n\n\n<p>Cada poder postular\u00e1 dos personas por cargo: el Ejecutivo, por conducto de la gubernatura; la legislatura, mediante el voto de las dos terceras partes de las y los diputados presentes; y el Poder Judicial, a trav\u00e9s del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, con la misma mayor\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>La legislatura remitir\u00e1 los listados al IEEM, a efecto de que organice el proceso electivo. Este \u00f3rgano electoral dividir\u00e1 el territorio estatal en regiones y distritos electorales judiciales, de modo que la ciudadan\u00eda elija una candidatura por cada especialidad jurisdiccional entre las postuladas por cada poder y, en su caso, de las personas juzgadoras en funciones en el cargo a elegir. &nbsp; &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El IEEM generar\u00e1 una lista de candidaturas por especialidad en cada \u00e1mbito territorial electoral, identificando el poder postulante y el g\u00e9nero. Posteriormente, en acto p\u00fablico, asignar\u00e1 de manera aleatoria las candidaturas que correspondan a cada \u00e1mbito territorial electoral, garantizando que los poderes postulen en cada \u00e1mbito territorial electoral a dos personas del mismo g\u00e9nero por especialidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando el n\u00famero de cargos por especialidad sea menor al n\u00famero de regiones o distritos judiciales electorales, asignar\u00e1 los restantes con sus respectivas candidaturas en dos o m\u00e1s regiones o distritos judiciales electorales, de manera aleatoria, a efecto de garantizar que las personas electoras de cada distrito judicial voten por todas las especialidades correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, realizar\u00e1 en cada elecci\u00f3n judicial las modificaciones necesarias al marco geogr\u00e1fico y cartogr\u00e1fico electoral para adecuar los distritos y regiones judiciales electorales al n\u00famero de cargos y especialidades a elegir, lo que har\u00e1 del conocimiento del INE. La elecci\u00f3n de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y de las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial se realizar\u00e1 a nivel estatal.<\/p>\n\n\n\n<p>Las boletas contar\u00e1n con elementos que permitan identificar con claridad la especialidad jurisdiccional, el poder postulante (Legislativo, Ejecutivo o Judicial) y la condici\u00f3n de persona juzgadora en funciones. Las candidaturas se ubicar\u00e1n en recuadros para que la ciudadan\u00eda se\u00f1ale su preferencia, debiendo elegir una sola candidatura por especialidad.<\/p>\n\n\n\n<p>La jornada electoral judicial se celebrar\u00e1 en la misma ubicaci\u00f3n donde se realicen las elecciones ordinarias federales o locales de ese a\u00f1o. Las autoridades electorales adoptar\u00e1n las medidas necesarias para garantizar que la jornada electoral judicial se desarrolle sin la intervenci\u00f3n de personas representantes de partidos pol\u00edticos. El escrutinio y c\u00f3mputo de los votos se realizar\u00e1 en la casilla donde fueron sufragados.<\/p>\n\n\n\n<p>El IEEM efectuar\u00e1 los c\u00f3mputos, publicar\u00e1 los resultados y entregar\u00e1 las constancias de mayor\u00eda; declarar\u00e1 la validez de la elecci\u00f3n y enviar\u00e1 los resultados al Tribunal Electoral del Estado de M\u00e9xico, que resolver\u00e1 las impugnaciones antes de que la Legislatura instale el primer periodo ordinario de sesiones del a\u00f1o de la elecci\u00f3n (5 de septiembre), fecha en que las personas electas tomar\u00e1n protesta ante el congreso. Las autoridades electorales no podr\u00e1n modificar los resultados de la elecci\u00f3n ni la asignaci\u00f3n de cargos despu\u00e9s de esa fecha.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto a la comisi\u00f3n coordinadora, conformada por las personas coordinadoras de cada comit\u00e9 de evaluaci\u00f3n electas entre sus integrantes, se especifica que ser\u00e1 la responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos de las personas participantes, establecer criterios y metodolog\u00edas homologadas de evaluaci\u00f3n, selecci\u00f3n y ex\u00e1menes de conocimientos, y emitir acuerdos que regulen los trabajos de los comit\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p>El \u00d3rgano de Administraci\u00f3n Judicial informar\u00e1 a la legislatura sobre los cargos sujetos a elecci\u00f3n, especialidades, jurisdicciones, vacantes, retiros programados y dem\u00e1s datos necesarios para el proceso.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de defunci\u00f3n, renuncia, destituci\u00f3n o ausencia definitiva de una jueza o juez, el \u00d3rgano de Administraci\u00f3n Judicial declarar\u00e1 vacante el cargo y este deber\u00e1 renovarse para un nuevo periodo en la elecci\u00f3n judicial inmediata.<\/p>\n\n\n\n<p>Las licencias de las magistraturas que excedan de 15 d\u00edas podr\u00e1n ser autorizadas sin goce de sueldo por la Legislatura o, en receso, por la Diputaci\u00f3n Permanente; las de juezas y jueces corresponder\u00e1n al \u00d3rgano de Administraci\u00f3n Judicial. En ning\u00fan caso podr\u00e1n exceder un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>Las personas juzgadoras que aspiren a un cargo distinto al que tienen deber\u00e1n renunciar de forma expresa e irrevocable, as\u00ed como informarlo al \u00d3rgano de Administraci\u00f3n Judicial antes de registrarse en el proceso para que se notifique la vacante a la autoridad competente, a efecto de que el cargo sea sujeto a elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen dispone que el Tribunal Superior de Justicia funcionar\u00e1 en Pleno, Sala Constitucional, Sala de Asuntos Ind\u00edgenas, Salas Colegiadas, Salas Unitarias y Tribunales de Alzada, y que el Poder Judicial contar\u00e1 con juezas y jueces de control, tribunales de enjuiciamiento y personas juzgadoras de ejecuci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Los art\u00edculos transitorios establecen que las personas juzgadoras cuyo encargo conclu\u00eda en 2027 permanecer\u00e1n en funciones hasta 2028, cuando rendir\u00e1n protesta quienes resulten electas, disposici\u00f3n que no aplicar\u00e1 a las presidencias del Tribunal Superior de Justicia ni del Tribunal de Disciplina Judicial. Asimismo, se dispone que, por \u00fanica ocasi\u00f3n, las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y las personas juzgadoras que resulten electas en la elecci\u00f3n judicial de 2028 ejercer\u00e1n un periodo de ocho a\u00f1os, que concluir\u00e1 en 2036.<\/p>\n\n\n\n<p>La jornada electoral ser\u00e1 coincidente con la elecci\u00f3n judicial federal y podr\u00e1n participar como observadoras las personas o agrupaciones acreditadas por el IEEM, con excepci\u00f3n de las representaciones de los partidos pol\u00edticos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las personas electas rendir\u00e1n protesta ante la Legislatura el 5 de septiembre de 2028 y ser\u00e1n adscritas a sus \u00f3rganos jurisdiccionales a m\u00e1s tardar el 15 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras se armoniza el marco jur\u00eddico (dentro de los 30 d\u00edas naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto), se aplicar\u00e1n de manera directa las disposiciones constitucionales y, de forma supletoria, la legislaci\u00f3n electoral. El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, previa opini\u00f3n del \u00d3rgano de Administraci\u00f3n Judicial, deber\u00e1 emitir su reglamento interior en el mismo plazo de tiempo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los acuerdos, resoluciones, lineamientos y determinaciones que se encuentren vigentes, incluyendo aquellos en proceso de ejecuci\u00f3n, emitidos al amparo del reglamento vigente a la entrada en vigor del decreto, surtir\u00e1n todos sus efectos legales, conservar\u00e1n su plena validez jur\u00eddica y continuar\u00e1n ejecut\u00e1ndose por el Tribunal de Disciplina Judicial o la instancia competente, conforme a la naturaleza del acto y a las atribuciones previstas al momento de su emisi\u00f3n, garantizando en todo momento la continuidad institucional, la validez de las actuaciones realizadas y la no afectaci\u00f3n a los derechos de terceros.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el proyecto de presupuesto del \u00d3rgano de Administraci\u00f3n Judicial deber\u00e1 prever recursos suficientes para el funcionamiento del Tribunal de Disciplina Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno del Congreso mexiquense aprob\u00f3 la armonizaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n local con la reforma federal en materia de elecci\u00f3n judicial, a efecto de concluir la renovaci\u00f3n del Poder Judicial estatal mediante los comicios del primer domingo de junio de 2028 (en lugar de 2027), conforme a la iniciativa del diputado Jos\u00e9 Francisco V\u00e1zquez Rodr\u00edguez, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":12735,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"content-type":"","footnotes":""},"categories":[1],"tags":[70],"class_list":{"0":"post-12734","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-blog","8":"tag-edomex-3"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12734","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=12734"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12734\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":12736,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/12734\/revisions\/12736"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12735"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12734"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12734"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioguerrerosonline.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12734"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}